recibo electrónico de pagoEstamos a unos cuantos días que entre en vigor la disposición de emitir  CFDI con REP (Recibo Electrónico de Pago).

Esta disposición consiste en que los pagos que se han recibido a causa de las facturas que no se  pagaron cuando se hizo la expedición, para ello es necesario hacer un control en los XML con pago PPD (pago diferido) y en la forma de pago 99 (por definir).

Al emitir un CFDI donde se emplea el método de pago PPD y forma de pago 99 es necesario emitir un Recibo Electrónico de Pago (REP).

En este post aclararemos los aspectos importantes del Recibo Electrónico de Pago a fin de cumplir con las disposiciones fiscales.

CFDI sin Recibo Electronico de Pago

No es necesario emitir el CFDI con el REP si vincula el UUID del XML con el PPD  o la forma de pago 99.

Esto es posible porque se extrae el UUID  así como el monto de pago y se compara con el monto del CFDI que tiene el método de pago PPD.

Para saber si aun queda saldo por pagar o ya se completo el pago, es necesario considerar el total de CFDI y restarle el importe del Recibo Electrónico de Pago.

¿Cuando se emite el REP?

El Recibo Electrónico de Pago debe emitirse al momento de cobrar la factura que contiene tanto el método de pago PPD como la forma de pago 99.

Sin embargo también se puede emitir en el lapso del mes de pago o en su defecto a mas tardar 10 días después del mes de pago.

En el REP se debe incluir la fecha, la hora en que se realizó el pago, ya que de esta manera el SAT determinará el periodo correspondiente a realizar el pago.

El Recibo Electrónico de Pago en la contabilidad

Es necesario que el contador se cerciore de contar con el CFDI con complemento de pagos en cada registro contable y además se debe especificar que el CFDI contiene las claves PPD y 99.

Dentro de la contabilidad se establece que si se registra una póliza contable donde se incluya el método de pago PPD o la forma de pago 99 se considera como pagada hasta que se cuente con el CFDI con complemento de pagos a fin de cumplir con las obligaciones del SAT.

El contador tiene la obligación de tener un control de los Recibo Electrónico de Pago que aun no se han ni recibido o emitido.

CFDI con clave distinta a la forma de pago 99

En caso de que se emita un CFDI que contenga una forma de pago diferente a la clave 99 y se emite con el método de pago PUE (pago en una sola exhibición), entonces el contador debe hacer un análisis del por que no está dentro de una póliza de ingresos o egresos.

Esto se traduce a que el pago esta completado, por lo que se requerirá realizar un registro contable.

CFDI pagado con REP y con forma de pago distinta a la clave 99

Es necesario hacer un análisis de los CFDI que tienen complemento de pagos que se emitieron y que a la vez relacionan facturas que si cuentan con una forma diferente de pago a la clave 99 ya que esto seria considerado como un error al emitir el Recibo Electrónico de Pago.

Por lo tanto, se requerirá conocer el error y corregirlo tomando en cuenta que para poder cancelar la factura primero se deberá cancelar el CFDI con el Recibo Electrónico de Pago.

Faltan unos cuantos días para que esta nueva disposición entre en vigor, por ello es necesario contar con un software contable que permita cumplir con todas las disposiciones fiscales del SAT.

Si tienes alguna duda o quieres saber mas no dudes en contactarnos, con gusto te ayudaremos.